Caso Solano: libertad bajo fianza

Viedma.- Al cumplirse tres años de la detención de los siete policías acusados por la desaparición y asesinato del joven salteño Daniel Solano, el juez de la causa, Julio Martínez Vivot, dispuso no prorrogar la prisión preventiva de los imputados. Sin embargo impuso cauciones de $ 400.000 a cada uno para concederles la libertad. Ahora las defensas podrán apelar el monto de la cautelar y la querella podrá oponerse a las eventuales liberaciones.

Las familias de los detenidos calificaron como una «burla» el valor de la fianza, que consideran imposible de pagar, mientras que desde la querella reiteraron que pretenden llegar al juicio oral y público con los policías presos.

Pasaron poco más tres años y siete meses de la desaparición de Solano y ayer se cumplieron tres años desde las detenciones de los policías Sandro Berthe, Juan Barrera, Pablo Bender, Diego Cuello, Andrés Albarrán, Diego Quidel y Héctor Martínez. La fiscalía había pedido una prórroga extraordinaria de las preventivas pero el viernes el juez rechazó el planteo y dispuso la libertad de los imputados, aunque las excarcelaciones sólo se harán efectivas previo depósito de $ 400.000 cada uno.

Además, en la resolución impuso reglas de conducta que los policías deberán respetar en caso de salir en libertad, entre ellas, abstenerse de realizar conductas «que puedan estimarse perturbadoras» para los testigos y sus familias. También dispone la prohibición de acercamiento a la familia Solano, al abogado Sergio Heredia y a las carpas que habitan frente del juzgado de esta ciudad.

«Si apenas vivimos con lo justo, es una tomada de pelo, están jugando con nosotras pero sobre todo con nuestros hijos», cuestionaron públicamente las esposas de los policías en relación al monto de las cauciones.

En tanto que Heredia, por la querella, manifestó ayer no haber sido notificado aún de la medida y anticipó que podría apelarla.

Las eventuales liberaciones no responden al dictado de una falta de mérito o sobreseimiento a favor de los acusados, sino a la prohibición legal de que cualquier persona permanezca detenida más de tres años sin ser juzgada. Así lo establece el Código Procesal Penal rionegrino.

Sin embargo, el caso no llegará a juicio hasta que no se resuelva un planteo pendiente con respecto a la competencia. Es que el juez había derivado el caso a la Justicia Federal, afirmando que se estaba ante el delito de «desaparición forzada de persona», pero la medida fue revocada por la Cámara Tercera de Roca, que declaró la competencia provincial y ordenó la urgente realización del juicio. Sin embargo, esa medida fue recurrida por la fiscal de Cámara Laura Pérez y ahora es el Superior Tribunal de Justicia rionegrino el que
debe resolver al respecto. (RN)